COMPARECIENTES
POR UNA PARTE, [RAZÓN SOCIAL], sociedad [TIPO] organizada conforme a las leyes de Guatemala, con domicilio en [DIRECCIÓN], inscrita en el Registro Mercantil al número [#], folio [#], libro [#], NIT [NIT], representada por [NOMBRE], DPI [DPI], según [acta notarial / mandato] de fecha [FECHA], inscrita al número [#], folio [#], libro [#]; a quien en lo sucesivo se denominará 'EL PATRONO'.
Y POR LA OTRA PARTE, [NOMBRE COMPLETO], de [EDAD] años, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN], con domicilio en [DIRECCIÓN], identificado con DPI [DPI], NIT [NIT], a quien se denominará 'EL TRABAJADOR'.
Los comparecientes con plena capacidad legal convienen lo siguiente.
CONSIDERANDOS
I. Que entre las partes existió relación laboral iniciada el [FECHA DE INICIO], en el cargo de [CARGO], devengando un salario mensual ordinario de Q[SALARIO].
II. Que las partes, en ejercicio de su libre voluntad y sin presión alguna, han decidido dar por terminada de mutuo acuerdo la relación laboral.
CLÁUSULAS
PRIMERA: TERMINACIÓN
Las partes acuerdan dar por terminada la relación laboral con efecto al [FECHA DE TERMINACIÓN], por mutuo consentimiento, conforme al Art. 76 inciso a) del Código de Trabajo, sin responsabilidad para ninguna de las partes.
SEGUNDA: LIQUIDACIÓN Y PAGO DE PRESTACIONES
EL PATRONO pagará en este acto al TRABAJADOR las siguientes prestaciones a las que tiene derecho: (a) salarios pendientes hasta la fecha de terminación: Q[MONTO]; (b) vacaciones proporcionales no gozadas: Q[MONTO]; (c) aguinaldo proporcional: Q[MONTO]; (d) bono 14 proporcional: Q[MONTO]; (e) [otras prestaciones]. Total: Q[TOTAL].
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⬇ Descargar .docxTERCERA: BONIFICACIÓN ADICIONAL
Adicionalmente y como reconocimiento, EL PATRONO entrega al TRABAJADOR la suma de Q[MONTO] como gratificación voluntaria. EL TRABAJADOR reconoce que esta cantidad no constituye salario ni prestación legal y no genera prestaciones futuras.
CUARTA: FINIQUITO
Con la entrega de las sumas anteriores, EL TRABAJADOR declara haber recibido íntegramente todas las prestaciones laborales que pudieran corresponderle por la relación de trabajo, no quedando suma alguna pendiente.
QUINTA: DEVOLUCIÓN DE BIENES
EL TRABAJADOR devuelve en este acto todo el equipo, herramientas, documentos, uniformes, accesos, tarjetas, vehículos y demás bienes propiedad de EL PATRONO.
SEXTA: CONFIDENCIALIDAD POSTCONTRACTUAL
EL TRABAJADOR se obliga a mantener la confidencialidad de toda información reservada de la empresa a la que tuvo acceso durante la relación laboral.
SÉPTIMA: REFERENCIAS
EL PATRONO se obliga a proveer referencias laborales objetivas y favorables al TRABAJADOR cuando le sean solicitadas por futuros empleadores.
OCTAVA: RENUNCIA DE ACCIONES
Habiendo recibido el pago íntegro de sus prestaciones, EL TRABAJADOR renuncia expresamente a cualquier acción presente o futura contra EL PATRONO derivada de la relación laboral terminada. ESTA RENUNCIA NO INCLUYE DERECHOS IRRENUNCIABLES conforme al Art. 12 C.T.
NOVENA: LEGALIZACIÓN
Las partes acuerdan legalizar sus firmas ante notario para fines probatorios y registrales, lo que servirá como finiquito conforme al Art. 87 C.T.
DÉCIMA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
DÉCIMA PRIMERA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
DÉCIMA SEGUNDA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
DÉCIMA TERCERA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA CUARTA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA QUINTA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA SEXTA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] PAGO DIFERIDO
El total adeudado se pagará en [#] cuotas mensuales de Q[MONTO] cada una. El incumplimiento de cualquier cuota dará derecho al cobro inmediato del saldo pendiente.
[OPCIONAL] OUTPLACEMENT
EL PATRONO ofrecerá al TRABAJADOR programa de outplacement por [#] meses con la firma [PROVEEDOR], sin costo para el TRABAJADOR.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ [REPRESENTANTE LEGAL] EL PATRONO [RAZÓN SOCIAL]
_________________________________ [NOMBRE] EL TRABAJADOR DPI: [NÚMERO]
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base legal: Art. 76 inciso a) del Código de Trabajo (terminación por mutuo consentimiento).
• Los derechos laborales son IRRENUNCIABLES (Art. 12 C.T.). Una renuncia no puede afectar prestaciones legales mínimas pagadas; pero sí libera al patrono de reclamaciones futuras una vez pagadas las que corresponden.
• El convenio debe ser libre de coacción. Si el trabajador alega vicios del consentimiento, puede demandar conforme al Art. 1257 y ss. del C. Civil.
• Recomendable legalización notarial de firmas para fines probatorios.
• Si la 'gratificación' es muy alta y reemplaza una indemnización por despido encubierto, podría ser cuestionada en tribunales como simulación.
• Pago a través de medio bancario con respaldo documental.
• Reporte ISR si la gratificación supera umbrales.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Liquidación detallada con cálculos
☐ Comprobantes de pago
☐ DPI del trabajador
☐ Constancia del IGSS (último mes pagado)
☐ Acta de devolución de equipo
☐ Carta de referencia
☐ Legalización notarial de firmas
☐ Notificación de baja al IGSS
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.