COMPARECIENTES
POR UNA PARTE, [RAZÓN SOCIAL], sociedad [TIPO] organizada conforme a las leyes de Guatemala, con domicilio en [DIRECCIÓN], inscrita en el Registro Mercantil al número [#], folio [#], libro [#], NIT [NIT], representada por [NOMBRE], DPI [DPI], según [acta notarial / mandato] de fecha [FECHA], inscrita al número [#], folio [#], libro [#]; a quien en lo sucesivo se denominará 'EL PATRONO'.
Y POR LA OTRA PARTE, [NOMBRE COMPLETO], de [EDAD] años, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN], con domicilio en [DIRECCIÓN], identificado con DPI [DPI], NIT [NIT], a quien se denominará 'EL TRABAJADOR'.
Los comparecientes con plena capacidad legal convienen lo siguiente.
CONSIDERANDOS
I. Que la empresa cuenta con más de diez trabajadores permanentes, lo que hace obligatoria la elaboración de Reglamento Interior de Trabajo conforme al Art. 57 del Código de Trabajo.
II. Que el reglamento será sometido a aprobación de la Inspección General de Trabajo.
CLÁUSULAS
PRIMERA: DENOMINACIÓN Y DOMICILIO
La empresa se denomina [RAZÓN SOCIAL], con domicilio en [DIRECCIÓN], dedicada a la actividad de [GIRO]. NIT [#]. Para efectos del IGSS, número patronal [#].
SEGUNDA: AUTORIDADES INTERNAS
La administración corresponde a [GERENCIA GENERAL]. La supervisión disciplinaria a [JEFATURA DE RECURSOS HUMANOS]. Estos son los conductos formales de comunicación.
🔓 Desbloquea el contrato completo — gratis
Verifica tu correo una sola vez y accede al texto íntegro de este y los 298 modelos, con notas legales, checklist, cláusulas opcionales, glosario y el archivo Word editable.
✓ Contrato desbloqueado. Descarga el Word editable:
⬇ Descargar .docxTERCERA: CONTRATACIÓN
La contratación se realiza por escrito conforme al Art. 28 C.T. Todo trabajador debe presentar: DPI, NIT, antecedentes penales y policíacos, certificado médico, comprobantes de residencia y referencias. Período de prueba: hasta dos meses (Art. 81).
CUARTA: JORNADAS Y HORARIOS
Jornada diurna: [HORARIO] con [#] minutos de descanso para almuerzo (no compu-tables como tiempo efectivo); mixta: [HORARIO]; nocturna: [HORARIO]. Cumplimiento estricto del Art. 116 C.T. Tolerancia máxima de [#] minutos.
QUINTA: SALARIO Y FORMA DE PAGO
Pago [quincenal / mensual] mediante depósito bancario o cheque, los días [#]. Descuentos autorizados: IGSS (4.83%), ISR (según retención), y los autorizados por ley o por el trabajador conforme al Art. 99.
SEXTA: DESCANSOS, VACACIONES Y ASUETOS
Séptimo día remunerado; 15 días hábiles de vacaciones por año cumplido; asuetos oficiales remunerados.
SÉPTIMA: AGUINALDO Y BONO 14
Aguinaldo (Art. 102j Constitución, Decreto 76-78): salario mensual ordinario pagadero el 15 de diciembre. Bono 14 (Decreto 42-92): un salario mensual ordinario pagadero el 15 de julio.
OCTAVA: OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR
(a) Cumplir el horario; (b) ejecutar el trabajo con diligencia y eficiencia; (c) obedecer las órdenes lícitas de sus superiores; (d) guardar respeto y confidencialidad; (e) usar el equipo de protección personal; (f) cuidar herramientas y bienes de la empresa; (g) reportar accidentes inmediatamente; (h) abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas; (i) no portar armas.
NOVENA: PROHIBICIONES
(a) Realizar negocios particulares en horario laboral; (b) hacer rifas, juegos o ventas; (c) divulgar información confidencial; (d) sustraer bienes; (e) cometer actos de acoso sexual o laboral (Decreto 9-2009 y 7-2017); (f) discriminar; (g) ingresar bajo efectos de alcohol o drogas.
DÉCIMA: FALTAS Y SANCIONES
Las faltas se clasifican en leves, graves y gravísimas. Sanciones: amonestación verbal, escrita, suspensión sin goce de salario hasta por ocho días, terminación con o sin responsabilidad patronal según corresponda (Arts. 77 y 78 C.T.). El trabajador tiene derecho de audiencia previa.
DÉCIMA PRIMERA: ACOSO Y NO DISCRIMINACIÓN
Política de tolerancia cero contra acoso sexual (Decreto 9-2009), acoso laboral y discriminación. Procedimiento de denuncia confidencial. Las represalias contra denunciantes serán consideradas falta gravísima.
DÉCIMA SEGUNDA: SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
Cumplimiento del Acuerdo Gubernativo 229-2014. Constitución de Comité Bipartito de Salud y Seguridad (más de 50 trabajadores). Equipo de protección personal obligatorio. Botiquín, brigadas, simulacros.
DÉCIMA TERCERA: TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL
Las relaciones se terminan por las causas del Art. 76 (mutuo, muerte, etc.), Art. 77 (causas justas de despido), Art. 78 (procedimiento), Art. 79 (justas causas para el trabajador). Indemnización conforme al Art. 82.
DÉCIMA CUARTA: ENTREGA DE EQUIPO Y FINIQUITOS
Al término de la relación, el trabajador entregará todo el equipo y materiales de la empresa, suscribirá finiquito y recibirá las prestaciones que correspondan dentro de los plazos legales.
DÉCIMA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
DÉCIMA SEXTA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
DÉCIMA SÉPTIMA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
DÉCIMA OCTAVA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA NOVENA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
VIGÉSIMA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
VIGÉSIMA PRIMERA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] TELETRABAJO
Aplican las disposiciones del Decreto 18-2024 sobre teletrabajo. Condiciones, equipos, conectividad y derecho a la desconexión conforme al anexo respectivo.
[OPCIONAL] POLÍTICA BYOD
Si el trabajador utiliza dispositivos personales para fines laborales, será obligatorio instalar herramientas de seguridad indicadas por la empresa, las cuales respetarán su privacidad en el ámbito personal.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ [REPRESENTANTE LEGAL] EL PATRONO [RAZÓN SOCIAL]
_________________________________ [NOMBRE] EL TRABAJADOR (recibe copia) DPI: [NÚMERO]
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base legal: Arts. 57 a 60 del Código de Trabajo.
• Obligatorio para patronos con MÁS DE DIEZ TRABAJADORES PERMANENTES.
• Debe ser presentado a la Inspección General de Trabajo del MINTRAB para su aprobación. Sin aprobación no es válido.
• Debe colocarse en lugares visibles del centro de trabajo.
• Cualquier modificación debe ser nuevamente sometida a aprobación.
• No puede contener disposiciones contrarias al Código de Trabajo, irrenunciables o que reduzcan derechos del trabajador (Art. 12).
• Adicional: ley de acoso sexual (Dto. 9-2009), prevención de la violencia contra la mujer.
• Compatibilidad con pactos colectivos o contratos individuales que otorguen mayores beneficios — siempre prevalece lo más favorable al trabajador.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Datos completos de la empresa (RM, NIT, IGSS)
☐ Diagnóstico del personal y categorías
☐ Asesoría legal previa
☐ Aprobación del MINTRAB (Inspección General de Trabajo)
☐ Difusión a todo el personal con acuse
☐ Copia colocada en lugares visibles
☐ Anexos: política de acoso, comité de salud y seguridad, jornadas
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.