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LIBRO SEXTO: Costas e indemnizaciones · TÍTULO III: Disposiciones transitorias

Artículo 548 del Código Procesal Penal de Guatemala

Leyes especiales

Las reglas de nuevo Código Procesal Penal regirán aún para las leyes o normas penales especiales que prevean procedimientos autónomos para su realización, las que se entenderán derogadas cuando sean contradictorias con éste.

Se procederá conforme el artículo anterior para las causas que se encuentren en trámite.

Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.