COMPARECIENTES
ARRENDADOR y ARRENDATARIO (comerciante).
CONSIDERANDOS
I. Arrendamiento para fines comerciales — uso de local.
CLÁUSULAS
PRIMERA: INMUEBLE Y DESTINO
Local en [DIRECCIÓN], finca [#]. Destino EXCLUSIVO para actividad comercial de [GIRO]. Cualquier cambio de giro requiere autorización.
SEGUNDA: PLAZO
[#] años, prorrogable. Penalidad por terminación anticipada del arrendatario: [#] meses de renta.
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⬇ Descargar .docxTERCERA: RENTA
Renta inicial Q[MONTO] mensual. Aumentos anuales conforme [IPC / fórmula].
CUARTA: MEJORAS Y ADAPTACIONES
EL ARRENDATARIO podrá realizar mejoras y adaptaciones, las cuales quedarán en beneficio del inmueble al término sin compensación, salvo pacto contrario.
QUINTA: LICENCIAS Y PERMISOS
EL ARRENDATARIO obtendrá a su costa todas las licencias municipales, sanitarias, ambientales y demás necesarias para el giro.
SEXTA: RESPONSABILIDAD CIVIL
EL ARRENDATARIO contratará póliza de RC cubriendo daños a terceros, con monto no inferior a Q[MONTO].
SÉPTIMA: EXCLUSIVIDAD DE GIRO
[Opcional] EL ARRENDADOR no arrendará otros locales del mismo edificio para actividades competidoras.
OCTAVA: PUBLICIDAD
Instalación de rótulos sujeta a las normas del edificio y municipales.
NOVENA: SUBROGACIÓN POR CIERRE
En caso de cierre temporal por orden de autoridad (sanitaria, ambiental), las rentas se suspenden proporcionalmente.
DÉCIMA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
DÉCIMA PRIMERA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
DÉCIMA SEGUNDA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
DÉCIMA TERCERA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA CUARTA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA QUINTA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA SEXTA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] RENTA POR PORCENTAJE
Renta fija + porcentaje sobre ventas.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ ARRENDADOR
_________________________________ ARRENDATARIO
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Autonomía contractual amplia.
• Recomendable plazo largo con mecanismos de revisión.
• Indemnización por terminación: práctica jurisprudencial reconoce indemnización por inversión y clientela.
• Si el arrendatario es consumidor empresarial: no aplica Ley de Protección al Consumidor.
• Inscripción en RGP si plazo > 3 años para oponibilidad.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ RGP
☐ Licencias del giro
☐ Pólizas RC
☐ Inventario de adaptaciones
☐ Plan de mejoras
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.