COMPARECIENTES
ANTE MÍ, [NOTARIO], comparecen VENDEDOR y COMPRADOR. EL VENDEDOR vende con reserva de dominio.
CONSIDERANDOS
I. Venta a plazos con conservación de la propiedad por el vendedor hasta el pago total.
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO Y RESERVA
EL VENDEDOR vende a EL COMPRADOR el inmueble [DESCRIPCIÓN] conservando la propiedad hasta el pago total del precio. EL COMPRADOR recibe la posesión y uso.
SEGUNDA: PRECIO Y PLAZOS
Q[TOTAL] pagaderos: (a) inicial Q[#]; (b) [#] cuotas mensuales de Q[#] los días [#] de cada mes.
🔓 Desbloquea el contrato completo — gratis
Verifica tu correo una sola vez y accede al texto íntegro de este y los 298 modelos, con notas legales, checklist, cláusulas opcionales, glosario y el archivo Word editable.
✓ Contrato desbloqueado. Descarga el Word editable:
⬇ Descargar .docxTERCERA: EFECTOS DE LA RESERVA
Mientras subsista la reserva: (a) EL COMPRADOR no puede enajenar ni gravar; (b) los riesgos corren por EL COMPRADOR desde la entrega; (c) los frutos pertenecen a EL COMPRADOR; (d) los impuestos y gastos son a cargo de EL COMPRADOR.
CUARTA: INSCRIPCIÓN DE LA RESERVA
La reserva de dominio se inscribe en el RGP, siendo oponible a terceros desde su inscripción.
QUINTA: CUMPLIMIENTO Y TRANSMISIÓN
Pagado el precio total, EL VENDEDOR otorgará escritura de cancelación de la reserva y la propiedad pasa a EL COMPRADOR retroactivamente al momento de la compraventa original.
SEXTA: INCUMPLIMIENTO
El impago de [#] cuotas consecutivas dará derecho a EL VENDEDOR a rescindir el contrato y recuperar el inmueble, conservando las cuotas pagadas como indemnización por uso, salvo que excedan el valor de uso razonable, en cuyo caso se reintegra el exceso.
SÉPTIMA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
OCTAVA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
NOVENA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
DÉCIMA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA PRIMERA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA SEGUNDA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA TERCERA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] INTERÉS POR FINANCIAMIENTO
Las cuotas incluyen intereses al [#]% anual sobre el saldo.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ VENDEDOR
_________________________________ COMPRADOR
_________________________________ NOTARIO
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base: Arts. 1834-1837 CC.
• Inscribible en RGP — esencial para oponibilidad a terceros.
• Resolución por incumplimiento: cuidado con normas de defensa del consumidor (Dto. 6-2003) si comprador es consumidor final.
• Tratamiento fiscal: IVA o ITP al momento de la operación original.
• Alternativa moderna: leasing inmobiliario.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Tabla de amortización
☐ Cálculo de impuestos
☐ Inscripción de reserva
☐ Cláusula de aceleración
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.