COMPARECIENTES
POR UNA PARTE, [NOMBRE COMPLETO], de [EDAD] años, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN U OFICIO], con domicilio en [DIRECCIÓN], identificado con Documento Personal de Identificación (DPI) número [DPI] extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), NIT [NIT], a quien en adelante se denominará 'EL CÓNYUGE'.
Y POR LA OTRA PARTE, [NOMBRE COMPLETO], de [EDAD] años, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN U OFICIO], con domicilio en [DIRECCIÓN], identificado con DPI número [DPI], NIT [NIT], a quien en adelante se denominará 'LA CÓNYUGE'.
Ambas partes manifiestan tener la capacidad legal suficiente para celebrar el presente contrato y convienen en las siguientes cláusulas.
CONSIDERANDOS
I. Que las partes contrajeron matrimonio inscrito en el RENAP partida [#], folio [#], libro [#].
II. Que han decidido suspender la vida en común sin disolver el vínculo matrimonial, es decir, separarse sin divorciarse.
CLÁUSULAS
PRIMERA: SEPARACIÓN
Las partes acuerdan su separación voluntaria conforme al Art. 154 inc. 1 del CC, subsistiendo el matrimonio como vínculo legal pero suspendiendo la convivencia.
SEGUNDA: DOMICILIOS
EL CÓNYUGE residirá en [DIRECCIÓN]. LA CÓNYUGE residirá en [DIRECCIÓN].
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⬇ Descargar .docxTERCERA: LIQUIDACIÓN PARCIAL DE BIENES O ASIGNACIÓN DE USO
[Indicar si se liquida la comunidad o solo se asigna uso de bienes para la separación].
CUARTA: HIJOS — PATRIA POTESTAD, GUARDA Y RÉGIMEN DE VISITAS
Conforme a las cláusulas del Convenio de Divorcio (similar contenido aplicable a separación).
QUINTA: PENSIÓN ALIMENTICIA
[Padre/Madre obligado] pagará pensión de Q[MONTO] mensual por cada hijo. Adicionalmente, [si procede] pensión compensatoria al cónyuge separado de Q[MONTO].
SEXTA: EFECTOS
La separación: (a) suspende la convivencia; (b) cada cónyuge administra sus ingresos personales; (c) subsiste el deber de fidelidad y respeto; (d) NO disuelve el matrimonio; (e) no permite contraer nuevas nupcias.
SÉPTIMA: RECONCILIACIÓN
Las partes podrán reconciliarse en cualquier momento, restableciendo la convivencia, lo cual deberá comunicarse al juez de familia para dejar sin efecto la separación.
OCTAVA: CONVERSIÓN EN DIVORCIO
Transcurridos los plazos legales, la separación podrá convertirse en divorcio a solicitud de cualquiera de las partes (Art. 161 CC).
NOVENA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
DÉCIMA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
DÉCIMA PRIMERA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
DÉCIMA SEGUNDA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA TERCERA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA CUARTA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA QUINTA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] REVISIÓN DE LA SEPARACIÓN
Las partes podrán revisar este convenio cada [#] meses.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ [NOMBRE COMPLETO] EL CÓNYUGE DPI: [NÚMERO]
_________________________________ [NOMBRE COMPLETO] LA CÓNYUGE DPI: [NÚMERO]
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base legal: Arts. 153, 154, 156, 159–162 CC.
• Separación es figura distinta del divorcio: no disuelve el vínculo.
• Procedimiento similar al divorcio voluntario: presentación al juzgado de familia.
• Se inscribe en RENAP.
• Puede convertirse en divorcio posteriormente.
• La reconciliación restablece todos los efectos del matrimonio.
• Aplican normas sobre custodia, pensión y régimen de visitas del divorcio.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Acta de matrimonio
☐ Actas de nacimiento de hijos
☐ DPI
☐ Inventario de bienes
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.