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LIBRO CUARTO: Procedimientos específicos · TÍTULO VI: Procedimiento especial de aceptación de cargos

Artículo 491 Nonies del Código Procesal Penal de Guatemala

Del derecho de retractación

Historial: (Adicionado por el Artículo 9 del Decreto 10-2019; y dicho Decreto fue Suspendido Provisionalmente en Auto de la Corte de Constitucionalidad, de fecha 16 de enero de 2020, Expediente 228-2020; y revoca la suspensión provisional y recobra su vigencia según sentencia de la Corte de Constitucionalidad del 1 de marzo de 2022 Expedientes Acumulados 228-2020 y 791-2020 y publicada el 1 de junio de 2022).

El procesado tiene derecho a retractarse de la aceptación de cargos, hasta antes de que el juez lo declare responsable. Si se retracta oportunamente, podrá aceptar los cargos durante el curso del proceso, pero no tendrá los beneficios propios de la aceptación. El proceso seguirá su curso por la vía común y en la fase correspondiente.”

Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.