LIBRO CUARTO: Procedimientos específicos · TÍTULO VI: Procedimiento especial de aceptación de cargos
Artículo 491 Decies del Código Procesal Penal de Guatemala
Del valor de la imputación
Para los efectos de la aceptación de cargos antes que la acusación sea formulada ante el juez contralor, la imputación hecha por el Ministerio Público en la audiencia de primera declaración, acogida en el auto de procesamiento o en sus reformas, hará las veces de acusación.
Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.