LIBRO SEGUNDO: El procedimiento común · TÍTULO III: Juicio · CAPÍTULO I: Preparación del debate
Artículo 352 del Código Procesal Penal de Guatemala
Sobreseimiento o archivo
En la misma oportunidad el tribunal podrá, de oficio, dictar el sobreseimiento cuando fuere evidente, una causa extintiva de la persecución penal, se tratare de un inimputable o exista una causa de justificación, y siempre que para comprobar el motivo no sea necesario el debate.
De la misma manera, archivará las actuaciones cuando fuere evidente que no se puede proceder.
Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.