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LIBRO PRIMERO: Disposicionesgenerales · TÍTULO I: Principios básicos · CAPÍTULO II: Persecución penal · SECCIÓN PRIMERA

Artículo 24 del Código Procesal Penal de Guatemala

Clasificación de la acción penal

Historial: (Reformado por el Artículo 2 de Decreto 32-96 y por el Artículo 1 del Decreto 79-97, ambos del Congreso de la República).

La acción penal se ejercerá de acuerdo a la siguiente clasificación:

1) Acción pública;

2) Acción pública dependiente de instancia particular o que requiera autorización estatal;

3) Acción privada.

Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.