TÍTULO IV: FORMALIDADES ESPECIALES PARA TESTAMENTOS Y OTRAS ESCRITURAS
Artículo 48 del Código de Notariado de Guatemala
La escritura de sociedad en comandita debe contener, además de los requisitos generales de la escritura de sociedad, los siguientes:
1º La comparecencia, como otorgantes, de los socios gestores y de los comanditarios fundadores;
2º El capital social y la parte que aporte cada socio; y si fuere por acciones, el número, serie y valor de cada acción;
3º La parte de capital efectivamente pagada y la forma y plazo en que los comanditarios deberán enterar el resto en las cajas de la sociedad; y
4º Las fechas en que deben celebrarse las sesiones ordinarias de la junta general.
Modelos de contrato basados en el Código de Notariado
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial . Decreto 314 del Congreso de la República, 30 de noviembre de 1946 (vigente desde el 1 de enero de 1947). Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.