DISPOSICIONES TRANSITORIAS · CAPÍTULO II: DISPOSICIONES DEROGATORIAS Y MODIFICATORIAS
Artículo final XI del Código de Comercio de Guatemala
Historial: Reformado por el artículo 1 del Decreto 43-70 del Congreso de la República.
El presente Decreto entrará en vigor el primero de enero de 1971.
Modelos de contrato basados en el Código de Comercio
Fuente: Ministerio de Economía (edición oficial 2005), WIPO Lex y decretos de reforma del Congreso de la República , edición actualizada al 17 de septiembre de 2026. Decreto 2-70 del Congreso de la República, emitido el 28 de enero de 1970. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.