COMPARECIENTES
FIDEICOMITENTE: [ENTIDAD PÚBLICA], representada por [CARGO Y NOMBRE].
FIDUCIARIO: [BANCO O FINANCIERA] autorizado por SIB, representado por [CARGO Y NOMBRE].
CONSIDERANDOS
I. Necesidad de canalizar recursos públicos para fines determinados a través de fideicomiso.
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO Y FINES
Fideicomiso para administrar Q[MONTO] del [PRESUPUESTO] destinado a [FINES ESPECÍFICOS: infraestructura, programa social, etc.].
SEGUNDA: APORTACIÓN AL PATRIMONIO FIDEICOMETIDO
EL FIDEICOMITENTE transfiere al patrimonio fideicometido Q[MONTO INICIAL] + aportes periódicos según presupuesto.
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⬇ Descargar .docxTERCERA: BENEFICIARIOS
Beneficiarios: [DEFINIR — directos: proyectos; indirectos: población objetivo].
CUARTA: ADMINISTRACIÓN POR EL FIDUCIARIO
EL FIDUCIARIO administrará conforme a Reglamento Operativo aprobado, con criterios técnicos y de máxima eficiencia.
QUINTA: COMITÉ TÉCNICO
Conformado por representantes del FIDEICOMITENTE y técnicos, aprueba proyectos y supervisa ejecución.
SEXTA: HONORARIOS DEL FIDUCIARIO
Comisión fiduciaria de [#]% anual sobre el patrimonio.
SÉPTIMA: FISCALIZACIÓN
Contraloría General de Cuentas, Auditoría Interna, Auditoría Externa anual.
OCTAVA: PLAZO
[#] años. Al término, los remanentes vuelven al FIDEICOMITENTE.
NOVENA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
DÉCIMA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
DÉCIMA PRIMERA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
DÉCIMA SEGUNDA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA TERCERA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA CUARTA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA QUINTA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] FIDEICOMISO MIXTO
Combinación de recursos públicos y privados (donaciones, cooperación).
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ [REPRESENTANTE LEGAL] EL FIDEICOMITENTE (Entidad Pública) [RAZÓN SOCIAL]
_________________________________ [REPRESENTANTE LEGAL] EL FIDUCIARIO [RAZÓN SOCIAL]
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base: Código de Comercio Arts. 766-793 + normas presupuestarias.
• Solo bancos y financieras autorizadas por SIB pueden ser fiduciarios.
• Fideicomisos públicos: máxima transparencia. Acceso a la información (Dto. 57-2008).
• Auditoría obligatoria por Contraloría General de Cuentas.
• Reglamento operativo aprobado por las partes.
• Inscripción en RM.
• Cuidar normas presupuestarias y de transparencia.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Aprobación presupuestaria
☐ Selección competitiva del fiduciario
☐ Reglamento operativo
☐ Inscripción RM
☐ Plan de auditoría
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.