★ Notario Guatemala Buscar opciones

LIBRO III: DE LAS COSAS MERCANTILES · TÍTULO II: DE LOS PROCEDIMIENTOS · CAPÍTULO I: DE LA ACCIÓN CAMBIARIA

Artículo 625 del Código de Comercio de Guatemala

Fuerza mayor

Los términos de que depende la caducidad de la acción cambiaria, no se suspenden sino en los casos de fuerza mayor y nunca se interrumpen.

Fuente: Ministerio de Economía (edición oficial 2005), WIPO Lex y decretos de reforma del Congreso de la República , edición actualizada al 17 de septiembre de 2026. Decreto 2-70 del Congreso de la República, emitido el 28 de enero de 1970. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.