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TÍTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4 del Código de Comercio de Guatemala

Cosas mercantiles

Son cosas mercantiles:

1º Los títulos de crédito.

2º La empresa mercantil y sus elementos.

3º Las patentes de invención y de modelo, las marcas, los nombres, los avisos y anuncios comerciales.

Fuente: Ministerio de Economía (edición oficial 2005), WIPO Lex y decretos de reforma del Congreso de la República , edición actualizada al 17 de septiembre de 2026. Decreto 2-70 del Congreso de la República, emitido el 28 de enero de 1970. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.