LIBRO I: DE LOS COMERCIANTES Y SUS AUXILIARES · TÍTULO II: AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES · CAPÍTULO I: FACTORES Y DEPENDIENTES
Artículo 265 del Código de Comercio de Guatemala
Constitución del Factor
El factor se constituye mediante mandato con representación, otorgado por el comerciante, por nombramiento que le extenderá este último o por contrato de trabajo escrito.
El mandato, nombramiento o contrato de trabajo del factor deberá inscribirse en el Registro Mercantil.
Modelos de contrato basados en el Código de Comercio
Fuente: Ministerio de Economía (edición oficial 2005), WIPO Lex y decretos de reforma del Congreso de la República , edición actualizada al 17 de septiembre de 2026. Decreto 2-70 del Congreso de la República, emitido el 28 de enero de 1970. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.