LIBRO I: DE LOS COMERCIANTES Y SUS AUXILIARES · TÍTULO I: COMERCIANTES · CAPÍTULO VI: DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA · SECCIÓN TERCERA: DE LAS ASAMBLEAS GENERALES
Artículo 148 del Código de Comercio de Guatemala
Quórum y mayoría en asamblea ordinaria
Para que una asamblea ordinaria se considere reunida, deberán estar representadas, por lo menos, la mitad de las acciones que tengan derecho a voto.
Las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen, por lo menos, por la mayoría de votos presentes.
Modelos de contrato basados en este artículo
Fuente: Ministerio de Economía (edición oficial 2005), WIPO Lex y decretos de reforma del Congreso de la República , edición actualizada al 17 de septiembre de 2026. Decreto 2-70 del Congreso de la República, emitido el 28 de enero de 1970. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.