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Contrato de Transporte Mercantil de Cosas (Terrestre)

Conforme al Código de Comercio (Decreto 2-70, Arts. 794-823) y Ley de Tránsito (Decreto 132-96)

12 cláusulas · ~768 palabras · Campos [PARA RELLENAR] · Word editable incluido

COMPARECIENTES

POR UNA PARTE: [NOMBRE_PORTEADOR], empresa de transporte con autorización del MICIVI según [LICENCIA], con domicilio en [DIRECCION_PORT], NIT [NIT_PORT], representada por [REP_PORT], en lo sucesivo el "PORTEADOR" o "TRANSPORTISTA".

POR LA OTRA PARTE: [NOMBRE_CARGADOR], [comerciante/sociedad mercantil], con domicilio en [DIRECCION_CARG], DPI/Patente [DOC], NIT [NIT_CARG], representado por [REP_CARG], en lo sucesivo el "CARGADOR" o "REMITENTE".

Destinatario: [NOMBRE_DESTINATARIO] con domicilio en [DIRECCION_DEST], en lo sucesivo el "CONSIGNATARIO".

CONSIDERANDOS

I. Que el PORTEADOR se dedica profesionalmente al transporte terrestre y cuenta con permisos, flota, seguros y personal idóneo.

II. Que el CARGADOR requiere transportar mercaderías al lugar y destinatario indicados.

III. Que las partes celebran el contrato conforme a los Arts. 794-823 del Código de Comercio.

CLÁUSULAS

PRIMERA: OBJETO

El PORTEADOR transportará por cuenta del CARGADOR la mercadería descrita en el Anexo A ("Carga") desde [LUGAR_ORIGEN] hasta [LUGAR_DESTINO], entregándola al CONSIGNATARIO en las condiciones pactadas y dentro del plazo convenido.

SEGUNDA: CARTA DE PORTE

Se emite Carta de Porte (Art. 798 C.Com) con: nombre y domicilio de cargador, porteador y destinatario; descripción, peso y volumen de la carga; lugar y plazo de entrega; flete; condiciones especiales.

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Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.