COMPARECIENTES
PERMUTANTE A y PERMUTANTE B con capacidad legal y propiedades a intercambiar.
CONSIDERANDOS
I. Intercambio de propiedades, opcionalmente con compensación en dinero.
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO
EL PERMUTANTE A da en permuta el inmueble [DESCRIPCIÓN A] y recibe el inmueble [DESCRIPCIÓN B]. EL PERMUTANTE B opera recíprocamente.
SEGUNDA: VALUACIÓN
Inmueble A: Q[VALOR A]. Inmueble B: Q[VALOR B]. Diferencia: Q[DIFERENCIA] [pagada por la parte que recibe el bien de mayor valor].
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⬇ Descargar .docxTERCERA: TRADICIÓN
Las partes se otorgan recíprocamente la posesión y propiedad.
CUARTA: SANEAMIENTO
Cada permutante saneará el inmueble cedido por evicción y vicios ocultos.
QUINTA: IMPUESTOS
Cada operación genera ITP / IVA. Cada parte paga los impuestos sobre el inmueble que recibe.
SEXTA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
SÉPTIMA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
OCTAVA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
NOVENA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA PRIMERA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] COMPENSACIÓN EN ESPECIE
Diferencia se compensa con otros bienes (no dinero).
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ PERMUTANTE A
_________________________________ PERMUTANTE B
_________________________________ NOTARIO
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base: Arts. 1852-1856 CC. Aplican supletoriamente reglas de compraventa.
• Forma: escritura pública para inmuebles.
• Inscripción doble en RGP.
• Impuestos: dos transacciones para efectos fiscales.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ RGP de ambos inmuebles
☐ Avalúos
☐ DPI/NIT
☐ Cálculo de impuestos doble
☐ Inscripciones
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.