TÍTULO III: INFRACCIONES Y SANCIONES · CAPÍTULO I: PARTE GENERAL · SECCIÓN PRIMERA: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 68 del Código Tributario de Guatemala
Responsabilidad
Los sujetos tributarios o sus representantes que deban presentar declaración, lo harán de conformidad con las normas de este código y serán responsables, de conformidad con la ley.
Modelos de contrato basados en el Código Tributario
Fuente: Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) . Decreto 6-91 del Congreso de la República, 9 de enero de 1991. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.