TÍTULO FINAL: DISPOSICIONES FINALES
Artículo 188 del Código Tributario de Guatemala
Texto ordenado de leyes tributarias
Dentro del plazo de un año de vigencia de este Código, el Organismo Ejecutivo deberá publicar un texto único, ordenado y actualizado de las leyes tributarias.
Modelos de contrato basados en el Código Tributario
Fuente: Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) . Decreto 6-91 del Congreso de la República, 9 de enero de 1991. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.