TÍTULO IV: PROCEDIMIENTO ANTE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA · CAPÍTULO I: FACULTADES Y ATRIBUCIONES DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Artículo 101 del Código Tributario de Guatemala
Derogado.*
Historial: Reformado por el Artículo 14, del Decreto Del Congreso Número 03-04 el 22-01-2004 Suspendido provisionalmente por el Expediente Número 112 Y 122-2004 el 20-02-2004 Derogado el Artículo 14 del Decreto Número 03-04, el cual reformó el Artículo 101 del Decreto Número 6-91 del, por el Artículo 68, del Decreto Número 20-2006 del Congreso de la República.
*Suspende en forma definitiva la acción de Inconstitucionalidad general parcial del Artículo 14 del Decreto 03-04 , por el Expediente Número 112 y 122-2004 el 23-06-2008
Modelos de contrato basados en el Código Tributario
Fuente: Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) . Decreto 6-91 del Congreso de la República, 9 de enero de 1991. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.