LIBRO PRIMERO: Disposicionesgenerales · TÍTULO II: Sujetos y Auxiliares Procesales · CAPÍTULO I: El Órgano Jurisdiccional · SECCIÓN QUINTA
Artículo 60 del Código Procesal Penal de Guatemala
Efectos
Las cuestiones de competencia no suspenderán el procedimiento preparatorio, ni afectarán a esos actos, sin perjuicio de su renovación o ampliación posterior, si se considera necesario. Tampoco suspenderán el trámite del procedimiento intermedio, pero si las decisiones finales.
Cuando la cuestión de competencia sea planteada durante el juicio, el trámite se suspenderá hasta que fuere resuelta, sin perjuicio de que se pueda ordenar una actuación suplementaria.
Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.