LIBRO SEXTO: Costas e indemnizaciones · TÍTULO I: Disposiciones complementarias · CAPÍTULO II: Servicio público de defensa penal · SECCIÓN TERCERA
Artículo 541 del Código Procesal Penal de Guatemala
Consultores técnicos y gastos extraordinarios
En caso necesario, la Sección del Servicio Público de Defensa Penal aprobará la asistencia de consultores técnicos, a propuesta del abogado defensor designado, y tomará a su cargo los gastos que su intervención demande.
Del mismo modo se aprobarán los gastos extraordinarios.
En cada oficina del Servicio Público de Defensa Penal se confeccionará una lista de intérpretes de los diferentes idiomas y dialectos indígenas, que serán asignados a los casos que atienda el Servicio, cuando corresponda. La Corte Suprema de Justicia establecerá un régimen arancelario especial.
Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.