LIBRO SEXTO: Costas e indemnizaciones · TÍTULO II: Indemnización al imputado
Artículo 524 del Código Procesal Penal de Guatemala
Ley más benigna
La aplicación de una ley posterior más benigna, durante el procedimiento o mediante la revisión, que torne injusta la condena, una medida de seguridad y corrección o una medida de coerción, no habilitará la indemnización aquí regulada.
Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.