LIBRO CUARTO: Procedimientos específicos · TÍTULO VI: Procedimiento especial de aceptación de cargos
Artículo 491 Terdecies del Código Procesal Penal de Guatemala
Revocatoria de los beneficios de la aceptación de cargos
Cuando el condenado infrinja las condiciones señaladas en el presente procedimiento especial o incumpla el acuerdo de pago, el Ministerio Público o la víctima o agraviado solicitarán al juez que tenga a cargo el expediente, la revocatoria de los beneficios obtenidos por razón de la aceptación de cargos, mediante el trámite de los incidentes.
Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.