★ Notario Guatemala Buscar opciones

LIBRO CUARTO: Procedimientos específicos · TÍTULO IV: Juicio para la aplicación exclusiva de medidas de seguridad y corrección

Artículo 486 del Código Procesal Penal de Guatemala

Transformación y advertencia

Si después de la apertura del juicio resulta posible la aplicación de una pena, el tribunal hará las advertencias al imputado conforme las disposiciones aplicables para la ampliación o notificación de la acusación.

Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.