LIBRO TERCERO: Impugnaciones · TÍTULO VI: Casación
Artículo 444 del Código Procesal Penal de Guatemala
Trámite
Si el escrito de interposición del recurso contuviere todos los requisitos mencionados, la Corte Suprema de Justicia declarará la admisibilidad, pedirá los autos y señalará día y hora para la vista.
Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.