LIBRO TERCERO: Impugnaciones · TÍTULO V: Apelación especial · CAPÍTULO I: Procedencia
Artículo 415 Bis del Código Procesal Penal de Guatemala
Apelación especial ante el Juzgado de Paz de Sentencia
En los procesos a que se refiere el inciso b) del artículo 44 de este Código, el recurso de apelación especial procede contra las resoluciones que dicten los jueces de Paz de Sentencia que pongan fin a la acción, a la pena o a una medida de seguridad o corrección, no así el medio de impugnación previsto en el título sexto del libro tercero de este Código.
Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.