★ Notario Guatemala Buscar opciones

LIBRO TERCERO: Impugnaciones · TÍTULO IV: Recurso de queja

Artículo 414 del Código Procesal Penal de Guatemala

Resolución de la queja

La queja será resuelta dentro de veinticuatro horas de recibido el informe y las actuaciones, en su caso. Si el recurso fuere desestimado, las actuaciones serán devueltas al tribunal de origen sin más trámite. En caso contrario, se concederá el recurso y se procederá conforme a lo prescrito para el recurso de apelación.

Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.