LIBRO SEGUNDO: El procedimiento común · TÍTULO III: Juicio · CAPÍTULO II: Debate · SECCIÓN TERCERA
Artículo 395 del Código Procesal Penal de Guatemala
Acta del debate
Quien desempeñe la función de secretario durante el debate levantará acta, que contendrá, por lo menos, las siguientes enunciaciones:
1) Lugar y fecha de iniciación y finalización de la audiencia, con mención de las suspensiones ordenadas y de las reanudaciones.
2) El nombre y apellido de los jueces, de los representantes del Ministerio Público, del acusado y de las demás partes que hubieren participado en el debate, incluyendo defensor y mandatario.
3) El desarrollo del debate, con mención de los nombres y apellidos de los testigos, peritos e interpretes, con aclaración acerca de si emitieron la protesta solemne de ley antes de su declaración o no lo hicieron, y el motivo de ello, designando los documentos leídos durante la audiencia.
4) Las conclusiones finales del Ministerio Público, del defensor y demás partes.
5) La observancia de las formalidades esenciales, con mención de si se procedió públicamente o fue excluida la publicidad, total o parcialmente.
6) Otras menciones previstas por la ley, o las que el presidente ordene por sí o a solicitud de los demás jueces o partes, y las protestas de anulación; y
7) Las firmas de los miembros del tribunal y del secretario.
El tribunal podrá disponer la versión taquigráfica o la grabación total o parcial del debate, o que se resuma, al final de alguna declaración o dictamen, la parte esencial de ellos, en cuyo caso constará en el acta la disposición del tribunal y la forma en que fue cumplida. La versión taquigráfica, la grabación o la síntesis integrarán los actos del debate.
Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.