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LIBRO SEGUNDO: El procedimiento común · TÍTULO II: Procedimiento intermedio *CAPITULOI *Solicitudes

Artículo 336 del Código Procesal Penal de Guatemala

Actitud del acusado

Historial: (Reformado por el Artículo 29 del Decreto 79-97 del Congreso de la República).

En la audiencia que para el efecto señale el juzgado, el acusado y su defensor podrán, de palabra:

1) Señalar los vicios formales en que incurre el escrito de acusación, requiriendo su corrección;

2) Plantear las excepciones u obstáculos a la persecución penal y civil previstas en este Código;

3) Formular objeciones u obstáculos contra el requerimiento del Ministerio Público, instando, incluso, por esas razones, el sobreseimiento o la clausura.

Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.