LIBRO SEGUNDO: El procedimiento común · TÍTULO I: Preparación de la acción pública · CAPÍTULO IV: Procedimiento preparatorio (instrucción)
Artículo 313 del Código Procesal Penal de Guatemala
Formalidades
Las diligencias practicadas en forma continuada constarán de una sola acta, con expresión del día en el cual se efectúan, y la identificación de las personas que proporcionan información.
Se resumirá el resultado fundamental de los actos cumplidos y, con la mayor exactitud posible, se describirán las circunstancias de utilidad para la investigación.
El resumen será firmado por el funcionario del Ministerio Público que lleva a cabo el procedimiento, el secretario y, en lo posible, por quienes hayan intervenido en los actos.
Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.