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LIBRO SEGUNDO: El procedimiento común · TÍTULO I: Preparación de la acción pública · CAPÍTULO II: Obstáculos a la persecución penal y civil

Artículo 294 del Código Procesal Penal de Guatemala

Excepciones

Las partes podrán oponerse al progreso de la persecución penal o de la acción civil, por los siguientes motivos:

1) Incompetencia.

2) Falta de acción; y

3) Extinción de la persecución penal o de la pretensión civil.

Las excepciones serán planteadas al juez de primera instancia, o al tribunal competente, según las oportunidades previstas en el procedimiento.

El juez o el tribunal podrá asumir de oficio la solución de alguna de las cuestiones anteriores, cuando sea necesario para decidir, en las oportunidades que la ley prevé y siempre que la cuestión, por su naturaleza, no requiera la instancia del legitimado a promoverla.

Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.