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LIBRO PRIMERO: Disposicionesgenerales · TÍTULO III: La actividad procesal · CAPÍTULO VI: Medidas de coerción · SECCIÓN PRIMERA

Artículo 260 del Código Procesal Penal de Guatemala

Forma y contenido de la decisión

El auto de prisión será dictado por el juez o tribunal competente, y deberá contener:

1) Los datos personales del imputado o los que sirvan para identificarlo.

2) Una sucinta enunciación del hecho o hechos que se le atribuyen.

3) Los fundamentos, con la indicación concreta de los presupuestos que motivan la medida.

4) La cita de las disposiciones penales aplicables.

Modelos de contrato basados en el Código Procesal Penal

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 51-92 del Congreso de la República, 28 de septiembre de 1992. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.