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LIBRO PRIMERO: DE LAS PERSONAS Y DE LA FAMILIA · TÍTULO II: DE LA FAMILIA · CAPÍTULO VI: DE LA ADOPCIÓN

Artículo 251 del Código Civil de Guatemala

Artículo sin vigencia (derogado o declarado inconstitucional). (DEROGADO por artículo 67 del Decreto 77-2007 del Congreso de la República, Ley de Adopciones). Se muestra el texto que tenía, solo como referencia histórica.

Las resoluciones judiciales a que se refieren los artículos anteriores, deberán certificarse para que el Registro Civil y de la Propiedad, en su caso, hagan las anotaciones respectivas.

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 8 de agosto de 2025. Decreto-Ley 106, emitido el 14 de septiembre de 1963. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.