COMPARECIENTES
POR UNA PARTE, [RAZÓN SOCIAL], sociedad [TIPO] organizada conforme a las leyes de Guatemala, con domicilio en [DIRECCIÓN], inscrita en el Registro Mercantil al número [#], folio [#], libro [#], NIT [NIT], representada por [NOMBRE], DPI [DPI], según [acta notarial / mandato] de fecha [FECHA], inscrita al número [#], folio [#], libro [#]; a quien en lo sucesivo se denominará 'EL BANCO ACREEDOR'.
Y POR LA OTRA PARTE, [NOMBRE COMPLETO], de [EDAD] años, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN], con domicilio en [DIRECCIÓN], identificado con DPI [DPI], NIT [NIT], a quien se denominará 'EL DEUDOR HIPOTECARIO'.
Los comparecientes con plena capacidad legal convienen lo siguiente.
CONSIDERANDOS
I. Préstamo bancario garantizado con hipoteca inmobiliaria.
CLÁUSULAS
PRIMERA: MONTO Y DESEMBOLSO
Q[MONTO]. Desembolso al cierre.
SEGUNDA: TASA Y PLAZO
Tasa [#]% anual; plazo [#] años; amortización francesa.
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⬇ Descargar .docxTERCERA: DESTINO
Adquisición / construcción / refinanciamiento de vivienda.
CUARTA: HIPOTECA EN GARANTÍA
Primer grado sobre [INMUEBLE]; monto Q[MONTO]; inscribible en RGP.
QUINTA: SEGUROS OBLIGATORIOS
(a) Incendio sobre el inmueble; (b) Desgravamen sobre vida del deudor; ambos a favor del banco.
SEXTA: VENCIMIENTO ANTICIPADO
Por impago, deterioro del inmueble, no pago de seguros o impuestos, enajenación sin autorización.
SÉPTIMA: EJECUCIÓN
Juicio ejecutivo en vía hipotecaria (CPCM).
OCTAVA: CONDICIONES PRECEDENTES
Avalúo aprobado; libre de gravámenes; póliza emitida; firmas legalizadas; inscripción.
NOVENA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
DÉCIMA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
DÉCIMA PRIMERA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
DÉCIMA SEGUNDA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA TERCERA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA CUARTA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA QUINTA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] HIPOTECA ABIERTA
Para futuros préstamos hasta tope.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ [REPRESENTANTE LEGAL] EL BANCO ACREEDOR [RAZÓN SOCIAL]
_________________________________ [NOMBRE] EL DEUDOR HIPOTECARIO DPI: [NÚMERO]
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Hipoteca: forma solemne — escritura pública.
• Inscripción RGP constitutiva.
• Indivisibilidad de la hipoteca.
• Cancelación al pago total.
• Costo CAT obligatorio.
• Pagos sujetos a IVA solo sobre intereses comisiones bancarias.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Avalúo profesional
☐ Certificación RGP
☐ IUSI al día
☐ Pólizas de seguro
☐ Acta inscripción
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.