TÍTULO IV: PODER PÚBLICO · CAPÍTULO IV: ORGANISMO JUDICIAL · SECCIÓN TERCERA: CORTE DE APELACIONES Y OTROS TRIBUNALES
Artículo 218 de la Constitución Política de Guatemala
Integración de la Corte de Apelaciones
La Corte de Apelaciones se integra con el número de salas que determine la Corte Suprema de Justicia, la que también fijará su sede y jurisdicción.
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 30 de junio de 2024. Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.