TÍTULO II: DERECHOS HUMANOS · CAPÍTULO II: DERECHOS SOCIALES · SECCIÓN OCTAVA: TRABAJO
Artículo 101 de la Constitución Política de Guatemala
Derecho al trabajo
El trabajo es un derecho de la persona y una obligación social. El régimen laboral del país debe organizarse conforme a principios de justicia social.
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 30 de junio de 2024. Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.