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LIBRO SEGUNDO · Parte especial · TÍTULO VI: De los delitos contra el patrimonio · CAPÍTULO I: Del hurto

Artículo 249 Quáter del Código Penal de Guatemala

Cobro ilegal de energía eléctrica

Historial: (Adicionado por el Artículo 4 del Decreto 8-2023 del Congreso de la República).

Quien cobre o recaude sumas de dinero derivado del suministro de energía eléctrica, sin estar autorizado por el Distribuidor Final, de cuya red provenga el suministro, será sancionado con prisión de cinco a ocho años y multa de diez mil a cincuenta mil quetzales, sin perjuicio de la responsabilidad civil que corresponda.

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 17-73 del Congreso de la República, 5 de julio de 1973. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.