★ Notario Guatemala Buscar opciones

LIBRO SEGUNDO · Parte especial · TÍTULO V: De los delitos contra el orden jurídico familiar y contra el estado civil · CAPÍTULO V: Del incumplimiento de deberes

Artículo 245 del Código Penal de Guatemala

Eximente por cumplimiento

En los casos previstos en los tres artículos anteriores, quedará exento de sanción, quien pagare los alimentos debidos y garantizare suficientemente, conforme a la ley, el ulterior cumplimiento de sus obligaciones.

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 17-73 del Congreso de la República, 5 de julio de 1973. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.