LIBRO SEGUNDO · Parte especial · TÍTULO IV: De los delitos contra la libertad y la seguridad de la persona · CAPÍTULO VI: De los delitos contra la libertad de cultos y el sentimiento religioso
Artículo 225 B del Código Penal de Guatemala
Inseminación fraudulenta
Se impondrá prisión de uno a tres años e inhabilitación especial hasta diez años al que alterare fraudulentamente las condiciones pactadas para realizar una inseminación artificial o lograre el consentimiento mediante engaño o promesas falsas.
Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 17-73 del Congreso de la República, 5 de julio de 1973. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.