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LIBRO SEGUNDO · Parte especial · TÍTULO IV: De los delitos contra la libertad y la seguridad de la persona · CAPÍTULO I: De los delitos contra la libertad individual

Artículo 202 del Código Penal de Guatemala

Sometimiento a servidumbre

Será reprimido con prisión de dos a diez años, quien redujere a una persona a servidumbre o a otra condición análoga y a quienes la mantuvieren en ella.

Fuente: Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), Organismo Judicial , edición actualizada al 31 de enero de 2024. Decreto 17-73 del Congreso de la República, 5 de julio de 1973. Texto reproducido conforme al artículo 68 del Decreto 33-98. Material informativo, no constituye asesoría legal: verifica la vigencia antes de usarlo. ¿Encontraste un error? Avísanos.