COMPARECIENTES
ANTE MÍ, [NOMBRE DEL NOTARIO], Notario, comparece(n) [DATOS COMPLETOS DEL COMPARECIENTE / OTORGANTE], identificado(s) con DPI [#], a quien(es) doy fe de conocer. EL REQUIRENTE solicita acta notarial de notoriedad sobre los hechos siguientes.
CONSIDERANDOS
I. Se requiere acreditar hechos notorios mediante acta notarial.
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO
EL REQUIRENTE solicita que el notario haga constar los siguientes hechos como notorios: [DESCRIPCIÓN DETALLADA — por ejemplo: identidad de persona conocida con varios nombres, posesión continua de inmueble, existencia de circunstancia personal o familiar].
SEGUNDA: TESTIGOS Y DOCUMENTOS
Para acreditar la notoriedad comparecen [#] testigos idóneos: [NOMBRES, EDADES, OCUPACIÓN, DPI, DOMICILIO]. Cada uno declara bajo juramento sobre los hechos. Se anexan los documentos [DETALLAR].
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⬇ Descargar .docxTERCERA: DECLARACIONES DE TESTIGOS
TESTIGO 1: declara que [TRANSCRIPCIÓN DE DECLARACIÓN]. TESTIGO 2: declara que [...]. [TODOS los testigos coinciden en la notoriedad del hecho].
CUARTA: DECLARACIÓN DEL NOTARIO
El notario, oídas las declaraciones, examinados los documentos, y siendo a su conocimiento la notoriedad de los hechos en el medio en que se desarrollan, hace constar y certifica la notoriedad de los hechos descritos.
QUINTA: USO Y EFECTOS
Esta acta de notoriedad podrá ser utilizada ante autoridades administrativas, judiciales, registrales, o como soporte de gestiones que el requirente considere conveniente.
SEXTA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
SÉPTIMA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
OCTAVA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
NOVENA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA PRIMERA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] PARA REGISTRO DE INMUEBLE
Esta acta se otorga específicamente para acreditar posesión y ser presentada en el Registro General de la Propiedad.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ REQUIRENTE
_________________________________ TESTIGOS
_________________________________ NOTARIO
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base legal: Código de Notariado (Decreto 314).
• Útil para acreditar: identidad bajo distinto nombre, posesión, viudez, sobrevivencia, dependencia económica, parentesco no documentado, etc.
• Requiere testigos idóneos (mínimo 2-3).
• El notario certifica la notoriedad basándose en su conocimiento y las declaraciones.
• Tiene valor probatorio relativo — puede impugnarse con prueba en contrario.
• Frecuentemente usada para trámites administrativos y registrales.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ DPI requirente
☐ Testigos idóneos
☐ Documentos de respaldo
☐ Acta protocolizada
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.