En Guatemala, la figura del notario no es un cargo aparte: se obtiene junto con el título de abogado. Quien estudia la carrera de Ciencias Jurídicas y Sociales se gradúa como Abogado y Notario, y para ejercer cualquiera de las dos funciones debe colegiarse de forma obligatoria. Esta guía 2026 explica el camino completo —de la universidad al sello propio— para quienes quieren dedicarse al notariado, y complementa nuestras guías prácticas sobre los trámites notariales que después realizarás a diario.
La carrera: Abogado y Notario en una sola formación
El primer paso es académico. Las universidades guatemaltecas que imparten Ciencias Jurídicas y Sociales otorgan el doble título de Abogado y Notario. El plan de estudios incluye derecho civil, penal, mercantil, laboral y, de forma específica, derecho notarial y registral, además de la práctica y la tesis de graduación que cada casa de estudios exige.
No existe un examen de notariado separado del título: al cerrar pénsum, defender la tesis y graduarte, obtienes ambas habilitaciones. Lo que falta entonces no es estudiar más, sino cumplir el requisito legal que te autoriza a ejercer.
La colegiación obligatoria en el CANG
Aquí entra el paso decisivo. El artículo 2 de la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria establece que todo profesional graduado en las universidades del país debe colegiarse para ejercer. En el caso de los abogados y notarios, el colegio correspondiente es el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).
La ley fija un plazo: la colegiación debe hacerse dentro de los seis meses posteriores a la fecha de graduación. Sin estar colegiado activo, no puedes ejercer ni la abogacía ni el notariado, por más que tengas el título. Es la diferencia entre tener el diploma y estar legalmente habilitado para autorizar una escritura pública o un poder notarial.
Documentos del expediente de inscripción
El CANG exige integrar un expediente. Aunque conviene confirmar la lista vigente en el propio colegio, los documentos habituales son:
| Documento | Detalle |
|---|---|
| Formulario de solicitud | Proporcionado por el CANG |
| Fotocopia autenticada del DPI | Documento de identidad vigente |
| Certificación de nacimiento | Original y reciente |
| Certificación del acta de graduación | Emitida por la universidad |
| Dos declaraciones testimoniales | De dos colegiados activos, no parientes, autenticadas |
| Antecedentes penales | Vigencia no mayor a 3 meses |
| Certificación del Registro de Ciudadanos | Que conste el pleno goce de derechos políticos |
| Registro de firma y sello | Con nombre y apellidos completos, sin abreviaturas |
La exigencia de dos testimoniales de colegiados activos suele ser la que más tiempo toma a un recién graduado, así que conviene gestionarla con anticipación.
Juramento, pago y constancia de inscripción
Con el expediente completo, la Junta Directiva del CANG lo conoce para su aprobación y ordena la inscripción. Antes de quedar inscrito como Colegiado, el profesional debe:
- Prestar la promesa estatutaria (juramento) ante el colegio.
- Registrar su sello y firma tal como los usará en el ejercicio profesional.
- Efectuar el pago de los derechos de inscripción, las cuotas de colegiatura y el impuesto universitario (timbre).
Cumplidos estos pasos, el CANG otorga la constancia de inscripción. A partir de ese momento eres colegiado activo y puedes ejercer el notariado: abrir tu protocolo, autorizar instrumentos públicos y cobrar conforme a los aranceles notariales.
El sello y el protocolo: las herramientas del notario
Dos elementos definen el ejercicio notarial desde el primer día. El sello —que registras en la colegiación— acompaña tu firma en cada documento y debe llevar tu nombre completo sin abreviaturas. El protocolo es el conjunto ordenado de escrituras matrices que autorizas; su manejo correcto es una responsabilidad legal seria, ya que de él salen los testimonios y copias que entregas a los interesados. Familiarizarte con estas obligaciones desde el inicio evita sanciones más adelante.
Mantenerse activo y al día
Ser notario no termina con la inscripción. Debes mantener al día tus cuotas de colegiatura para conservar la condición de colegiado activo, cumplir las obligaciones de registro ante el Archivo General de Protocolos y mantenerte actualizado, sobre todo a medida que se digitalizan ciertos trámites notariales a distancia. El notariado es una profesión de fe pública: la formación continua y el cumplimiento estricto son parte del oficio.
Preguntas frecuentes
¿Hay un examen específico para ser notario en Guatemala? No. En Guatemala el notariado se obtiene junto con el título de Abogado y Notario al graduarse de Ciencias Jurídicas y Sociales. No existe un examen de notariado independiente; lo que habilita el ejercicio es la colegiación obligatoria en el CANG.
¿Cuánto tiempo tengo para colegiarme después de graduarme? La Ley de Colegiación Profesional Obligatoria fija un plazo de seis meses posteriores a la graduación. Sin colegiación activa no se puede ejercer la profesión, aunque ya se tenga el título.
¿Qué es lo que más tarda del expediente? Suelen ser las dos declaraciones testimoniales de colegiados activos no parientes y las certificaciones con vigencia limitada (antecedentes penales, no mayores a 3 meses). Conviene gestionarlas con tiempo para no dejar vencer documentos.
¿Puedo ejercer solo como notario sin ser abogado? No. En Guatemala ambas funciones vienen en el mismo título de Abogado y Notario, y la colegiación habilita el ejercicio de las dos. No es posible separar una de la otra.
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